La recientísima Sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 22 de Diciembre de 2016 (rec. 348/2016) estima un recurso de casación por unificación de doctrina (lo que ya es un hallazgo inusual) y lo hace para sentar un criterio que lleva tiempo indicando en sus sentencias a la administración tributaria, pese a lo cual, no faltan actuaciones sancionadoras tributarias que se asientan sobre los prejuicios hacia el contribuyente, sobre el dato frío de un incremento patrimonial no justificado o sobre un error contable, sin acompañar, como impone el principio de culpabilidad (clave de bóveda del derecho punitivo, penal y sancionador) la valoración de la conducta que permita fundamentar un serio reproche al contribuyente.
Así, en la citada sentencia se solicitaba la unificación de doctrina en los siguientes términos:
Si cabe considerar a efectos de motivar la culpabilidad en la imposición de sanciones tributarias, que las circunstancias…
Ver la entrada original 1.339 palabras más